lunes, 29 de julio de 2019

Organismos nacionales competentes para reglamentación técnica


De conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, Registro Oficial Suplemento 26 de 2007-02-22, en su Art. 15.- El Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) tendrá las siguientes funciones:

a) Cumplir las funciones de organismo técnico nacional competente, en materia de reglamentación, normalización y metrología, establecidos en las leyes de la República y en tratados, acuerdos y convenios internacionales;

Con este antecedente el Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN) a través de la  Dirección de Reglamentación Técnica, es el responsable de la elaboración de los Reglamentos Técnicos Ecuatorianos (RTE) en los campos: Mecánica, Eléctrico, Químico, Alimentos, y Construcción.

Por otra parte los diferentes Ministerios a través de sus entes adscritos son responsables de generar reglamentación técnica de acuerdo a su campo de competencia, tal es el caso de:

  • Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones y Pesca (MPCEIP): Por medio del Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN).
  • Ministerio de Salud Pública (MSP): A través de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA).
  • Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables: A través de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH).
  • Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información: Agencia para la Regulación y Control de Telecomunicaciones (ARCOTEL)
  • Ministerio de Electricidad y Energía Renovable: Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL)
  • Ministerio de Transporte y Obras Públicas: A través de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT)
  • Ministerio de Agricultura y Ganadería: Agencia de Regulación y Control Fitosanitario y Zoosanitario (AGROCALIDAD).
  • Ministerio de Minería: Agencia de Regulación y Control de Minería.
  • Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda
  • Ministerio de Turismo
  • Ministerio del Ambiente 
El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas tiene la potestad para emitir reglamentos imperativos a la seguridad nacional. 

Se consideran además que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) Municipales, a través de ordenanzas municipales pueden emitir regulaciones de forma directa, mientras que los Gobiernos Seccionales (Consejos Provinciales) podrán emitir lineamientos técnicos a través de los GADs de acuerdo a sus competencias.

Los reglamentos técnicos deben estar orientados a cumplir los objetivos legítimos de un país, esto son: los imperativos de la seguridad nacional; la prevención de prácticas que puedan inducir a error; la protección de la salud o seguridad humana, de la vida o la salud animal o vegetal, o del medio ambiente.

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