Elaborado por: Ing. Diana Villareal
El Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN), en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 068 del 09 de junio de 2021, con base a lo establecido en la Ley Orgánica de Salud, numeral 18 del artículo 6, señala que: “es Responsabilidad del Ministerio de Salud Pública regular y realizar el control sanitario de la producción, importación, distribución, almacenamiento, transporte, comercialización, dispensación y expendio de alimentos procesados, medicamentos y otros productos para uso y consumo humano; así como los sistemas y procedimientos que garantice su inocuidad, seguridad y calidad”,
En virtud de lo expuesto se ha procedido a realizar el trámite correspondiente para la derogación de 22 reglamentos técnicos ecuatorianos del sector alimentos, los cuales están generando duplicidad regulatoria y de control, debido a que los productos que contemplan en su campo de aplicación son controlados por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), mediante la emisión de la Notificación Sanitaria o Registro Sanitario previamente a la comercialización en el país.
A continuación se presentan los 22 reglamentos técnicos del sector alimentos que fueron derogados:
RTE INEN 055 (2R) “Aguas minerales y aguas purificadas” |
RTE INEN 056 (3R) “Productos cárnicos”
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RTE INEN 058 (1R) “Huevos y ovo productos”
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RTE INEN 060 (2R) “Bocaditos”
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RTE INEN 063 (1R) “Sopas, caldos y cremas. Requisitos”
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RTE INEN 064 (2R) “Grasas y aceites comestibles”
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RTE INEN 068 (2R) “Café, hierbas aromáticas y bebidas energéticas”
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RTE INEN 070 (1R) “Helados”
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RTE INEN 076 (1R) “Leche y productos lácteos”
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RTE INEN 079 “Especias y condimentos”
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RTE INEN 082 (1R) “Salsas y aderezos”
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RTE INEN 085 (1R) “Papas (patatas) fritas congeladas”
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RTE INEN 103 (1R) “Productos de confitería”
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RTE INEN 106 “Productos de cacao. Chocolates”
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RTE INEN 150 (1R) “Productos farináceos”
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RTE INEN 151 (1R) “Galletas”
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RTE INEN 160 “Rotulado de azúcar”
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RTE INEN 182 “Frutas y vegetales en conserva”
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RTE INEN 183 “Gelatinas y mezclas en polvo para preparar refrescos y bebidas instantáneas”
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RTE INEN 184 “Jugos, concentrados, néctares, bebidas de frutas y vegetales y refrescos”
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RTE INEN 221 “Frutos secos”
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RTE INEN 222 “Frutas y vegetales congelados rápidamente”
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Elaborado por:
Diana
Elizabeth Villarreal Pérez
Especialista
de Reglamentación
Y ahora en qué normas nos basamos para cumplir con normativa??
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