lunes, 7 de febrero de 2022

Ecuador hacia un camino de competitividad y productivida

 

Decreto Ejecutivo No. 68 y Plan de acción

 


El Presidente de la República con Decreto Ejecutivo No. 68 de 9 de junio de 2021, declaró como política pública prioritaria la facilitación del comercio y de la producción, la simplificación de trámites y la agenda de competitividad. Dicho documento se compone de 13 artículos y tres disposiciones generales, además, crea un Comité de Reactivación público-privado para emprender medidas colaborativas que hagan frente a los estragos de la pandemia en el sector económico, productivo y comercial.

Señala en su artículo 3 que, se definirá el listado de instituciones y organismos de la administración pública central que deberán iniciar el proceso de revisión interna de las regulaciones, objeto del Decreto Ejecutivo y, al cabo de 30 días presentarán el plan de acción destinado a la aplicación y ejecución de:

a) Simplificación de trámites, procedimientos y procesos.

b) Implementación y priorización de los controles posteriores (ex post).

c) Armonización y uniformidad de los trámites y regulaciones vigentes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano con los instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador. Esto incluye eliminar la duplicidad normativa en los diferentes trámites, procedimientos y procesos.

d) Implementación y fortalecimiento de Buenas Prácticas Regulatorias (BPR).   

Entre las instituciones que deben acogerse a este Plan de Acción se encuentran el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológíca, Comité de Comercio Exterior (COMEX); las entidades que forman parte del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN), Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE), así como, la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicio de Salud y Medicina Prepagada (ACESS), Agencia de Regulación y Control Foto y Zoosanitario (AGROCALIDAD), Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y Servicio de Rentas Internas (SRI). 




En conclusión, el Decreto No.68 a través de la simplificación de trámites, tambien buscan garantizar la transparencia y reducir trabas y costos de producción para los emprendedores y empresas que busquen ingresar o desarrollarse en el mercado. 


Fuente: 

Decreto Ejecutivo No.69. de 9 de junio de 2021, Declarar Política Pública Prioritaria la Facilitación del Comercio y la Producción, la Simplificación de Trámites y la Agenda de Competitividad.


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