miércoles, 28 de junio de 2017

RTE INEN 086 (1R) “Cascos de protección”



El Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN), establece que ciertos artículos que se comercialicen en el territorio nacional deberán cumplir con ciertos requisitos establecidos en sus reglamentos técnicos, aplicables según el artículo.


Para el caso de los cascos de seguridad, el INEN establece que se deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 086 “Cascos de protección”, este reglamento técnico contiene los requisitos de desempeño que deben cumplir los cascos de protección, con la finalidad de proteger la vida y la seguridad de las personas y, de esa manera evitar prácticas que puedan inducir a error a los usuarios.
El alcance del reglamento técnico se enmarca en los siguientes tipos de cascos:
  • Cascos de seguridad de uso general en la industria.
  • Cascos de protección para ciclistas y para usuarios de monopatines y patines de ruedas.
  • Cascos de protección para el uso de conductores y pasajeros de motocicletas.
De acuerdo a su clasificación, los requisitos y ensayos que deben cumplirse son los basados en las siguientes normas:
  • Los cascos de seguridad de uso general en la industria, deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma EN 397 “Cascos de Protección para la Industria”, o en la norma ANSI Z89.1 “Norma Americana para la Protección Industrial de la cabeza”.
  • Los cascos de protección para ciclistas y para usuarios de monopatines y patines de ruedas, deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma EN 1078 “Cascos para ciclistas y para usuarios de monopatines y patines de ruedas”.
  • Los cascos de protección para el uso de conductores y pasajeros de motocicletas, deben cumplir con los requisitos establecidos en las normas UN ECE 22.05 “Helmet Safety Standard. Uniform provisions concerning the approval of protective helmets and of their visors for drivers and passengers of motor cycles and mopeds” o, FMVSS 218 “Federal Motor Vehicle Safety Standard No. 218. (49 CFR Sec. 571.218)  Motorcycle Helmets”.
Estas normas, establecen parámetros de seguridad que los cascos deben cumplir para precautelar la vida del usuario, entre éstos se pueden citar:
  • Todo casco deberá consistir de una concha de protección (cáscara) y una suspensión que reduzca la fuerza del impacto, que asegure la retención del casco sobre la cabeza del usuario.
  • Los componentes (cáscara, tirantes de suspensión, tafilete, banda de sudor, barbiquejo) del casco de seguridad deberán cumplir con los lineamientos ergonómicos que establece la norma.
  • La forma que deberán cumplir estos cascos, determina las medidas de la altura del uso del casco, distancia vertical externa, distancia vertical interna, espacio interno vertical y distancia horizontal.
  • La resistencia a los diferentes posibles riesgos de trabajo como impacto, penetración, agua fría o hirviente, soluciones corrosivas, soluciones ácidas, aislamiento eléctrico, temperaturas altas.



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